Despido improcedente: qué es y qué te corresponde
Un despido es improcedente cuando la empresa no consigue demostrar la causa que alega para echarte, o cuando incumple los requisitos de forma del despido. No es un tipo de despido que la empresa elija de antemano: es una calificación que hace el juez —o que la propia empresa reconoce en conciliación para evitar el juicio—. Y marca una diferencia grande en lo que cobras.
Cuándo un despido es improcedente
La clave es que la carga de la prueba recae en la empresa, no en ti. El despido se declara improcedente, entre otros casos, cuando:
La empresa no acredita la causa alegada (disciplinaria, objetiva, etc.).
Hay un defecto de forma: carta sin los hechos concretos o sin fecha de efectos, falta de preaviso o de puesta a disposición de la indemnización en el despido objetivo, etc.
No se da la audiencia previa al trabajador en un despido disciplinario. Desde una sentencia del Tribunal Supremo de noviembre de 2024, si no se te da la oportunidad de defenderte antes del despido, este puede declararse improcedente aunque la falta sea real.
Qué cobras: indemnización o readmisión
Cuando el despido se declara improcedente, es la empresa quien elige (artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores), en los cinco días siguientes a la sentencia, entre dos opciones:
Indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con tope de 24 mensualidades (y el cálculo por tramos si tu contrato es anterior al 12 de febrero de 2012). Puedes estimarla en nuestra calculadora: calcúlala aquí.
Readmisión en tu puesto, con las mismas condiciones.
Si la empresa no dice nada en esos cinco días, se entiende que opta por readmitirte. Y hay una excepción: si eres representante legal de los trabajadores o delegado sindical, la elección es tuya, no de la empresa.
Los salarios de tramitación
Es el concepto que más se desconoce. Los salarios de tramitación son los sueldos que dejas de cobrar desde el despido hasta la sentencia (o hasta tu readmisión). Pero solo se cobran en algunos casos:
Si la empresa opta por la readmisión (o no opta y se aplica la readmisión por defecto), o si eres representante o delegado sindical: sí hay salarios de tramitación.
Si la empresa opta por la indemnización: no hay salarios de tramitación. Esto lo eliminó la reforma de 2012 y sigue vigente.
Por eso, cuando la improcedencia se reconoce en conciliación, lo normal es pactar solo la indemnización, sin salarios de tramitación.
Improcedente no es lo mismo que nulo
Conviene no confundirlos, porque las consecuencias cambian por completo. El despido nulo es el que vulnera derechos fundamentales o es discriminatorio (por embarazo, por ejercer derechos de conciliación, como represalia por una denuncia, etc.). En ese caso la readmisión es obligatoria y con todos los salarios de tramitación: la empresa no puede elegir indemnizar. Si crees que tu despido pudo ser una represalia o una discriminación, es un punto que conviene revisar con un profesional.
Te corresponde el paro
Un despido improcedente te deja en situación legal de desempleo, así que puedes solicitar la prestación contributiva si cumples los requisitos de cotización. Calcula cuánto te correspondería en nuestra calculadora de paro.
Plazo: no dejes pasar el tiempo
Para impugnar un despido tienes solo 20 días hábiles desde que surte efecto, y es un plazo de caducidad. Te explicamos cómo se cuentan y cómo no perderlos en plazo para reclamar un despido.
Información orientativa según el Estatuto de los Trabajadores. La calificación de un despido depende de las circunstancias concretas y de la prueba, y la decide en última instancia el juez. La normativa de despido está en debate de reforma en 2026; este contenido refleja la ley vigente hoy. No es asesoramiento legal.
Preguntas frecuentes
¿Quién decide si me readmiten o me indemnizan?
La empresa, en los cinco días siguientes a la sentencia. Si no se pronuncia, se entiende que te readmite. La excepción son los representantes legales y delegados sindicales, que eligen ellos.
¿Cuánto cobro por un despido improcedente?
33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. Si tu contrato es anterior a febrero de 2012, el tiempo anterior a esa fecha se calcula a 45 días por año.
¿Cobraré salarios de tramitación?
Solo si la empresa te readmite (o si eres representante sindical). Si opta por indemnizarte, no hay salarios de tramitación.
¿Qué diferencia hay entre despido improcedente y nulo?
El improcedente da derecho a indemnización o readmisión, a elección de la empresa. El nulo (discriminación o vulneración de derechos fundamentales) obliga a readmitir con todos los salarios de tramitación, sin opción de indemnizar.
¿Tengo derecho al paro si me despiden de forma improcedente?
Sí. Estás en situación legal de desempleo y puedes solicitar la prestación si has cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años.