Quién tiene derecho al paro
Para cobrar la prestación contributiva tienes que cumplir, entre otros, estos requisitos:
Estar en situación legal de desempleo: despido, fin de contrato o ERTE. La baja voluntaria no da derecho al paro.
Haber cotizado al menos 360 días por desempleo en los últimos 6 años.
Estar inscrito como demandante de empleo y no haber alcanzado la edad de jubilación.
Si no llegas a esos 360 días, no tendrás prestación contributiva, pero puedes tener derecho a un subsidio por desempleo, que sigue otras reglas.
Cuánto se cobra
La cuantía se calcula sobre tu base reguladora, que es la media de tus bases de cotización de los últimos 180 días (en la práctica, muy parecida a tu salario bruto habitual):
Los primeros 180 días (los seis primeros meses) cobras el 70 % de la base reguladora.
A partir del día 181 (el séptimo mes) baja al 60 %.
Esa cantidad tiene un tope mínimo y máximo según tu situación familiar. En 2026, el máximo va de 1.225 € al mes sin hijos a 1.575 € con dos o más; el mínimo, de 560 € sin hijos a 749 € con hijos a cargo.
Durante cuánto tiempo
La duración depende de los días cotizados en los últimos 6 años: por cada 360 días cotizados cobras unos 120 días de prestación (4 meses), con un mínimo de 4 meses y un máximo de 24 meses (2 años), que se alcanza con 2.160 días o más. Solo cuentan las cotizaciones de los últimos 6 años; lo anterior no suma.
Plazo y cómo solicitarlo
Tienes 15 días hábiles desde que termina tu trabajo para solicitar el paro. Si te retrasas, pierdes los días de prestación que dejes pasar. Se pide en el SEPE, por internet o en tu oficina de empleo, e inscribiéndote como demandante de empleo.
¿El paro tributa?
Sí. A diferencia de la indemnización por despido, el paro es un rendimiento del trabajo sujeto a retención de IRPF, así que lo que ingresas en el banco es algo menor que el bruto. Además, el paro y el finiquito son cosas distintas: el finiquito te corresponde siempre al terminar el contrato y se calcula aparte.
Cálculo orientativo y en bruto, según los parámetros de 2026 (IPREM y base máxima de cotización) y los artículos 269 y 270 de la Ley General de la Seguridad Social. Se asume jornada completa; en jornada parcial los topes se ajustan. No es asesoramiento legal.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días tengo que haber cotizado para cobrar el paro?
Al menos 360 días por desempleo en los últimos 6 años. Por debajo de esa cifra no hay prestación contributiva, aunque puede haber subsidio.
¿Cuánto se cobra de paro?
El 70 % de tu base reguladora los primeros 180 días y el 60 % a partir del día 181, con topes según tu situación familiar.
¿Cuánto tiempo dura el paro?
De 4 meses (con 360 días cotizados) a un máximo de 24 meses (con 2.160 días o más en los últimos 6 años).
¿Cuánto tiempo tengo para solicitarlo?
15 días hábiles desde el cese. Si te retrasas, pierdes los días que dejes pasar.
¿Puedo cobrar el paro si me voy yo de la empresa?
No. La baja voluntaria no da derecho al paro, salvo excepciones muy concretas que hay que acreditar.